El año 2011 nos traerá una nueva obligación para las Sociedades Mercantiles. Se trata de la obligación de recibir las Notificaciones de la Agencia Tributaria a través de medios electrónicos.
Así todas las empresas deberán disponer de una Dirección Electrónica Unificada para que Hacienda pueda enviarles las notificaciones que tenga que comunicar en vez de hacerlo, como hasta ahora, vía correo postal o entrega en mano (posibilidades que seguirán estando, pero para casos concretos).Debido a esto, las empresas tendrán que disponer de un CERTIFICADO DIGITAL para poder acceder a la página de la Agencia Tributaria y descargarse la notificación que se tenga, o dar poder a su Asesor para que pueda recibirla él y descargársela.Así, como mínimo cada 10 días se ha de visitar la Dirección Electrónica y comprobar que no tiene ningún mensaje de la Agencia Tributaria conforme se le ha enviado una notificación, que llegado el caso tendría que recoger con el Certificado Digital, para dejar constancia de la fecha de recogida y que comiencen a contar los plazos legales para las alegaciones, recursos, etc.
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